Imagen tomada de Primicias.
El presidente Guillermo Lasso, el 15 de septiembre de 2023, ratificó el reglamento que complementa el decreto ley tributario, en vigor desde el 20 de junio de 2023, tras recibir la aprobación de la Corte Constitucional. Según el Gobierno, esta legislación, conocida como la Ley Orgánica para el Fortalecimiento de la Economía Familiar, implicará una disminución de los impuestos para más de 460,000 hogares.
El nuevo reglamento aclara que las actividades relacionadas con el pronóstico deportivo, que previamente estaban sujetas a impuestos, «no autorizan la prestación de servicios de juegos de azar, como casinos, bingos, loterías o apuestas en general», por ningún medio.
Dentro de los puntos clave de esta legislación se encuentran:
- La implementación de un nuevo procedimiento para que las personas naturales puedan beneficiarse de la reducción del Impuesto a la Renta por gastos personales.
- Modificaciones en la forma en que los empleadores deben realizar las retenciones de Impuesto a la Renta para sus empleados en relación de dependencia, en concordancia con el nuevo proceso para la disminución del IR por gastos personales.
- Cambios en las condiciones para aplicar la reducción de las tasas de Impuesto a la Renta del 8 % y 10 % para las empresas que reinviertan sus ganancias en proyectos deportivos, culturales, de investigación científica responsable o desarrollo tecnológico.
- La deducibilidad de las pérdidas generadas por la venta de cartera, siempre que no esté relacionada con terceros o cuando la tasa de descuento no supere tres veces la tasa activa referencial del Banco Central.
- La posibilidad de que los aportes por patrocinios destinados a proyectos que califican para la deducción adicional del 150 %, según la Ley de Régimen Tributario Interno (LRTI), sean entregados directamente a la entidad, pública o privada, encargada de ejecutarlos.
- La adaptación del reglamento a las reformas realizadas en el Régimen Impositivo para Microempresas (RIMPE) para facilitar su cumplimiento.
- Modificaciones en la fecha de presentación y pago de declaraciones para contribuyentes especiales, moviéndola del día 9 al 11 de cada mes.
- Modificaciones en la sección relativa al régimen tributario del sector minero para fortalecer los controles y el cumplimiento de las obligaciones fiscales.
- La necesidad de una autorización del ente regulador para que un contribuyente pueda registrar actividades económicas en el sector acuícola en su Registro Único de Contribuyentes (RUC).
- Aclaración de que las actividades de apuestas que no están relacionadas con los pronósticos deportivos no son legales en Ecuador.
La Secretaría General de Comunicación señala que este reglamento facilitará la aplicación efectiva de la normativa tributaria.