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El Ministerio del Trabajo emitió el Acuerdo Ministerial Nº MDT-2024-175 un día antes de abrir un sumario administrativo en contra de la vicepresidenta de la República, Verónica Abad, basado en la nueva reglamentación.

Un nuevo capítulo se escribe en la disputa que mantiene el presidente de la República, Daniel Noboa, con la vicepresidenta Verónica Abad.

En esta ocasión el Gobierno modificó el reglamento para expedir los sumarios administrativos tan solo un día antes de abrir una medida en contra de Abad.

El 12 de septiembre de 2024, el Ministerio del Trabajo anunció el inicio de un sumario administrativo en contra de Abad, tras conocerse que arribó a Ankara, capital de Turquía el 9 de septiembre, cuando la orden presidencial había determinado que la llegada de la segunda mandataria debía efectuarse antes del 1 de septiembre.

La denuncia fue fundamentada en base al Acuerdo Ministerial Nº MDT-2024-175 del 11 de septiembre de 2024, que derogó lo establecido en el Acuerdo Ministerial Nro. MDT-2019-007 del 9 de enero de 2019 y su reforma Nro. MDT-2019 081 del mismo año.

Adicionalmente, en el plano del Tribunal Contencioso Electoral, el procedimiento por violencia política de género que Abad solicitó en contra de Noboa, la canciller, Gabriela Sommerfeld; el viceministro de Gobierno, Esteban Torres; y la asesora presidencial, Diana Jácome, será revisado por un nuevo juez al admitirse la recusación en contra del magistrado Fernando Muñoz Benítez.

La audiencia de juicio para el caso estaba fijada para el 12 de septiembre de 2024, por lo que deberá ser revisada tras el sorteo de la causa.

Rechazan cambio en la normativa para sancionar a Abad

El presidente de la Fundación Ciudadanía y Desarrollo, Mauricio Alarcón, rechazó la modificación a la normativa que regula los sumarios administrativos para los funcionarios que no están sujetos a la Ley Orgánica del Servicio Público (Losep) por no ser de carrera.

Alarcón sostuvo que el cambio de la norma busca afectar “precisamente” a la Vicepresidenta y calificó la modificación como “inconstitucional”.

LA HORA solicitó a la Secretaría de Comunicación de la Presidencia un vocero para obtener la versión del Gobierno sobre el cambio realizado al reglamento y detallar cuáles serían las motivaciones para la reforma, pero hasta el cierre de la edición no se recibió respuesta.

El Acuerdo Ministerial No. MDT-2019-007 del 9 de enero de 2019 establecía, en su artículo 2, la obligatoriedad del cumplimiento del reglamento y las exclusiones de los funcionarios a quienes no se les podría aplicar la norma.

“Artículo 2.- Ámbito.- (…) Se excluye de la aplicación de la presente norma técnica, a todos aquellos servidores públicos regulados por el Código Orgánico de las Entidades de Seguridad Ciudadana y Orden Público; los docentes amparados por la Ley Orgánica de Educación Superior; los docentes bajo el régimen de la Ley Orgánica de Educación Intercultural; el personal que pertenezca a la carrera de la Función Judicial; el personal sujeto a la carrera diplomática del servicio exterior; el personal de empresas públicas y aquellos servidores que pertenezcan a una carrera determinada específicamente en sus leyes especiales” (…).

Por lo que la reforma incluyó un capítulo para reglamentar a los “Servidores Públicos excluidos de la carrera del Servicio Público”, que es el caso de la vicepresidenta Verónica Abad, quien no es una funcionaria de carrera diplomática y es una servidora pública electa por los ciudadanos.

Retomar juicio político sería el objetivo

El abogado constitucionalista, Esteban Ron, destacó que el Gobierno estaría buscando, a través del “sumario administrativo”, lograr la destitución de la Vicepresidenta del cargo diplomático por incumplimiento de funciones para de esa manera retomar el juicio político en la Asamblea Nacional.

En este sentido, dejó claro que el sumario administrativo abierto por el Ministerio del Trabajo, solo podría involucrar las responsabilidades de Abad como embajadora de Ecuador ante Israel y no por su función como vicepresidenta.

“Una de las posibilidades es que pueda haber una sanción de carácter administrativo, no, directamente la destitución, porque constitucionalmente, la destitución del Presidente y Vicepresidente solo se puede dar a través de la censura y destitución por juicio político”, recalcó.

Ron también destacó que el régimen está cometiendo un error al iniciar un procedimiento administrativo basado en un reglamento nuevo, cuando los actos por los que sería sancionada la Vicepresidenta fueron cometidos antes de la reforma de la normativa.

El constitucionalista puntualizó que “en Derecho, hay un principio que es la no retroactividad. El Gobierno es un poquito falaz en su argumentación. Si se da una modificación reglamentaria con un nuevo tipo sancionador, con una nueva infracción de carácter reglamentario, esto corre desde el día del cambio en adelante”.

Detalló que si los hechos por los que se pretende sancionar a la Vicepresidenta se dieron antes de la modificación de la norma “no podría ella (Verónica Abad) estar cargada de esa responsabilidad”. (ILS)

TCE a la espera de un nuevo sorteo

Sobre la situación de la causa 152 del Tribunal Contencioso Electoral (TCE), donde la vicepresidenta Verónica Abad acusa de violencia política de género al presidente Daniel Noboa y otros tres funcionarios del Gobierno, Ron indicó que todavía está por determinarse si va a un nuevo sorteo o si el magistrado Fernando Muñoz solicita una ampliación de la recusación.

El constitucionalista indicó que en el supuesto que Muñoz no pida la ampliación de la recusación, el TCE deberá sortear nuevamente la causa y designar a un nuevo magistrado para que conozca el caso.

Este nuevo magistrado tendrá la opción de ordenar diligencias de prueba o podría archivar la causa.

F: LA HORA

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